REGLAMENTO DE BECAS Y PRÉSTAMOS

VERSIÓN: DICIEMBRE 2023
CAPITULO I: Becas y préstamos

ARTICULO 1: Los beneficios económicos comprenderán:

ARTICULO 2: Conforme lo establezca la Comisión Directiva se determinará el monto máximo de beneficios a otorgar dentro del presupuesto anual de la Institución.

CAPITULO II: Condiciones generales

ARTICULO 3: Las condiciones generales para el otorgamiento de los beneficios económicos son las siguientes:

CAPITULO III: Documentación respaldatoria

ARTICULO 4: La documentación respaldatoria de la solicitud puede incluir:

CAPITULO IV: Procedimiento

ARTICULO 5: El alumno deberá cumplimentar el siguiente procedimiento:

ARTICULO 6: El pedido de beneficio podrá ser rechazado cuando:

ARTICULO 7: Los beneficios otorgados podrán ser cancelados cuando:

CAPITULO V: Préstamos de Honor

ARTICULO 8: Mediante este sistema, alumnos con dificultades económicas, pueden continuar normalmente con sus estudios, abonando un mínimo del 50% del valor de la cuota mientras cursan sus estudios, comprometiéndose a abonar el resto una vez graduados mediante plan de pagos que será oportunamente acordado.

ARTICULO 9: Procedimiento:

ARTICULO 10: Los formularios para presentar las solicitudes de beneficio económico estarán disponibles online. Los formularios completos y acompañados de toda la documentación respaldatoria podrán enviarse hasta el plazo establecido en cada llamado. La resolución adoptada será comunicada por escrito conforme el cronograma determinado en cada llamado.